Joven muere tras sufrir un presunto infarto durante torneo de baloncesto en Villa Altagracia

Villa Altagracia. Un joven falleció la noche del viernes luego de desplomarse mientras participaba en un partido correspondiente al Torneo Municipal de Baloncesto de Villa Altagracia.

La víctima fue identificada como Eddi Manuel de Jesús Robles, integrante del equipo Estrellas del INVI, que disputaba un encuentro frente a La Tribu de Pajarito cuando, de manera inesperada, cayó al tabloncillo ante la mirada de jugadores, árbitros y espectadores.

Testigos indicaron que el partido fue detenido de inmediato para permitir que el joven recibiera asistencia. Varias personas presentes acudieron rápidamente a brindarle los primeros auxilios mientras se coordinaba su traslado a un centro de salud.

Según las informaciones preliminares, Robles fue llevado a un hospital de la zona, donde el personal médico hizo esfuerzos por estabilizarlo. Sin embargo, poco después se confirmó su fallecimiento.

Se espera que en las próximas horas las autoridades y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), si interviene en el caso, emitan el informe correspondiente para establecer la causa exacta del deceso.

La noticia ha provocado gran tristeza entre familiares, amigos, compañeros de equipo y miembros de la comunidad deportiva de Villa Altagracia, quienes han expresado mensajes de solidaridad y pesar por la pérdida del joven.

El fallecimiento de Eddi Manuel de Jesús Robles también ha generado muestras de apoyo hacia su familia y ha conmocionado a los asistentes del torneo, un evento que reúne cada año a equipos y fanáticos del baloncesto en ese municipio.

Condenan a 20 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de una joven en Sosúa

SANTO DOMINGO.- Un tribunal del distrito judicial de Puerto Plata condenó a 20 años de prisión a un hombre hallado culpable de abusar sexualmente a una joven en el municipio de Sosúa, de la provincia Puerto Plata, en el año 2022.

El procesado Wilfrido Ramos (Junior o el Mello) cumplirá la pena impuesta en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe, de Puerto Plata.

Ramos agredió a la joven de 33 años de edad con un arma blanca y luego la violó sexualmente, bajo amenaza de muerte. Posteriormente, robó las pertenencias de la víctima.

Las investigaciones estuvieron a cargo de la fiscal Dilsia Taveras, adscrita a la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Puerto Plata, quien recopiló las pruebas que permitieron establecer la participación del condenado en los hechos. Durante el arresto fue ocupada el arma blanca tipo sevillana utilizada para cometer los hechos criminales.

El fiscal litigante Jesús Ernesto Valenzuela sustentó la acusación con diferentes pruebas periciales, documentales, testimoniales, ilustrativas y materiales que corroboraron la versión de la víctima y demostraron la culpabilidad del procesado más allá de toda duda razonable.

La sentencia fue dictada por un Tribunal Colegiado Ad-hoc (creado a esos fines), presidido por el juez José Antonio Núñez, acogiendo las pruebas presentadas por el Ministerio Público, las cuales demostraron de manera fehaciente la responsabilidad penal del procesado.

Ramos fue hallado culpable de violar las disposiciones del artículo 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, que tipifica y sanciona la violación sexual.

Como sucedieron los hechos

Durante el juicio, el Ministerio Público demostró que el condenado engañó a la víctima con la promesa de trabajo. Sin embargo, la trasladó hasta una zona solitaria y boscosa de la calle Alta Vista, en el sector Los Cerros de Sosúa, donde procedió a atacarla violentamente.

Las pruebas establecieron que Ramos agredió a la víctima con un cuchillo tipo sevillana, ocasionándole múltiples heridas. Según el certificado médico emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), la joven presentó múltiples heridas cortantes suturadas en la región retroauricular izquierda, ambos senos, región cervical derecha, además de laceraciones y una herida en el antebrazo izquierdo.

Luego de causarle las heridas, el agresor despojó a la mujer de su teléfono celular y le exigió dinero en efectivo, mientras la amenazaba de muerte con el arma blanca. Posteriormente, la violó sexualmente y luego emprendió la huida a bordo de una motociclet

Gobierno baja precio de GLP y los combustibles regulares

El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) informó que se realizarán bajas de RD$3.00 pesos en los precios de la gasolina y el gasoil regular, y de RD$2.00 en el GLP, para la semana del 11 al 17 de julio de 2026.

Con esta reducción, por segunda semana consecutiva, la gasolina regular y el gasoil regular acumulan una baja de RD$8.00.

Asimismo, el MICM informó que se mantienen sin variación la gasolina premium, el gasoil óptimo, y el gas natural.

Para estas reducciones de precios, el Gobierno aseguró que ha destinado un subsidio de RD$523.7 millones para esta semana, habiendo destinado ya RD$21,323 millones en lo que va de año.

Para la semana del 11 al 17 de julio de 2026, el Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes dispone que los combustibles se comercialicen a los siguientes precios:

Gasolina Premium se venderá a RD$338.10 por galón mantiene su precio.

Gasolina Regular RD$302.50 por galón baja RD$3.00.

Gasoil Regular RD$254.80 por galón baja RD$3.00.

Gasoil Óptimo RD$290.10 por galón mantiene su precio.

Avtur RD$240.05 por galón sube RD$2.02.

Kerosene RD$275.20 por galón sube RD$2.40.

Fuel Oíl #6 RD$150.82 por galón baja RD$1.54.

Fuel Oíl 1%S RD$176.77 por galón baja RD$1.09.

Gas Licuado de Petróleo (GLP) RD$135.20 por galón baja RD$2.00.

Gas Natural RD$43.97 por m3 mantiene su precio.

Israel alerta a EE.UU. sobre un supuesto nuevo plan de Irán para asesinar a Trump, según el WSJ

Washington.- Israel compartió con Estados Unidos información de inteligencia que apunta a que Irán habría desarrollado un nuevo plan para asesinar al presidente estadounidense, Donald Trump, según informó este jueves el diario The Wall Street Journal, que citó a personas familiarizadas con el asunto.

De acuerdo con el reporte, la información fue transmitida por Israel a las autoridades estadounidenses, aunque no se han divulgado detalles sobre el supuesto complot ni sobre sus posibles responsables.

La advertencia se produce en medio de una nueva escalada de tensiones entre Washington y Teherán, marcada por recientes enfrentamientos militares y amenazas cruzadas entre ambos países.

El supuesto plan de asesinato a Trump de Irán

Trump reconoció el miércoles, durante su participación en la cumbre de la OTAN en Ankara, que continúa siendo un objetivo de posibles ataques iraníes y aseguró que existen personas en Irán que buscan atentar contra su vida.

El mandatario vinculó esas amenazas con la muerte del general iraní Qasem Soleimani en 2020, operación estadounidense ordenada durante su primer mandato.

Las autoridades estadounidenses ya habían señalado anteriormente amenazas iraníes contra Trump relacionadas con la muerte de Soleimani, una figura clave de la Guardia Revolucionaria iraní abatida en un ataque con dron estadounidense en Bagdad.

En 2024, el Departamento de Justicia acusó a un ciudadano paquistaní de intentar reclutar personas para un plan de asesinato contra el entonces candidato republicano, aunque Irán negó en ese momento las acusaciones.

Nueva advertencia de inteligencia

La nueva advertencia de inteligencia llega mientras Estados Unidos e Irán atraviesan uno de sus momentos de mayor tensión reciente, luego de que Washington lanzara nuevos ataques contra objetivos iraníes tras acusar a Teherán de amenazar la navegación comercial en el estrecho de Ormuz, a lo que Irán respondió con ataques contra instalaciones estadounidenses en la región.

Trump ha dado por finalizada la tregua que había sido alcanzada por medio de la firma de un marco de entendimiento de paz tres semanas atrás.

El informe sobre el supuesto complot se suma a las preocupaciones de seguridad alrededor del presidente estadounidense, quien ha dicho en varias ocasiones que Irán representa una amenaza directa.

Hasta ahora, ni la Casa Blanca ni las autoridades iraníes han confirmado públicamente los detalles del supuesto plan de asesinato revelado por la inteligencia israelí al medio estadounidense.

DAEH realiza más de 5 mil traslados neonatales e infantiles en primer semestre 2026; contribuyendo a la reducción de muertes.

Los pacientes son trasladados en ambulancias con equipos y personal capacitado, cumpliendo con los más altos estándares de calidad internacional.

La Dirección de Servicios de Atención a Emergencias extrahospitalarias DAEH, contribuyó a la reducción de la tasa mortalidad neonatal e infantil de manera significativa, al realizar 5 mil 268 trasladados interhospitalarios seguros neonatales e infantiles a nivel nacional durante el periodo enero-junio de 2026.

El director de la entidad, Juan Manuel Méndez García, informó que el objetivo del programa es proteger la vida de los recién nacidos e infantes, y contribuir directamente a la reducción de los indicadores de mortalidad neonatal-infantil en el país.

“Este es un logro que salva vidas, y la DAEH sigue trabajando para mejorar la atención en el país, garantizar la seguridad y el bienestar de la población, dijo Méndez García.

En el primer semestre del año, *1,567 neonatos de 28 días de nacidos, e infantes de 29 días hasta los 12 años*, fueron trasladados de manera segura y gratuita en unidades de la DAEH en las 31 provincias del país.

La entidad explicó que los traslados neonatales e infantiles a nivel interhospitalarios en el referido periodo representan un 12.1% del total realizado de un centro de salud a otro.

La entidad garantiza que los recién nacidos e infantes reciban atención especializada y oportuna en casos de emergencia, ya que la transferencia de pacientes se realiza en ambulancias totalmente equipadas con incubadoras y ventiladores.

Además, cuentan con un personal capacitado, cumpliendo así con los más altos estándares de calidad internacionales.

“Nuestra misión es garantizar que todos los usuarios que necesiten un traslado reciban las mejores atenciones, sin costo alguno, sin importar la distancia, siempre brindando una atención humanizada, eficiente y de calidad”, afirmó Méndez García”.

Recordó que el programa *Traslado Neonatal Seguro* es un ejemplo de la importancia de la atención especializada y oportuna en la reducción de la tasa de mortalidad neonatal e infantil.

En 2025 la DAEH realizó 650 traslados de neonatos en el mismo periodo para un aumento 4,618 en 2026, lo que evidencia el esfuerzo de la entidad para llegar a más comunidades a nivel nacional.

En rechazo a "Ley Mordaza", alto costo de la vida, abuso policial y la "mala" gestión de Gobierno, protestan en la Plaza de la Bandera

Cientos de ciudadanos se aglomeraron en la Plaza de la Bandera en protesta de varias situaciones socioeconómicas que atraviesa la República Dominicana.

El alto costo de la vida, la denominada "Ley Mordaza" contenida dentro del nuevo Código Penal, la aplicación de la Reforma Fiscal aprobada por el Gobierno durante la Ley de Medidas pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis o "Plan Anticrisis"; además los abusos policiales y el accionar de la actual administración del Poder Ejecutivo, son los principales reclamos que se realizan en la protesta.

"No a la Ley Mordaza, no más robos, no más préstamos, no más impunidad, ya está bueno; no podemos seguir así. Este país debe de cambiar en un 100%", exclamó Agustín Rivas, quien asistió a la protesta en compañía de su esposa e hija.

David Ramírez, también indicó que la demostración de este jueves enseña que ya "el pueblo despertó" y exige un cambio en el sistema político y social del país.

"Es para fuera que van", expresó Ramírez indicando que el Gobierno encabezado por el presidente Luis Abinader y Partido Revolucionario Moderno (PRM) no retomarán el poder en el 2028.

Pancartas, banderas, cornetas y cacerolazos

Los ciudadanos se hicieron acompañar de pancartas, banderas dominicanas, cornetas e incluso calderos para hacerlos sonar, como cacerolazos.

De la misma manera, otros optaron por usar especies de vestimenta, desnotando el abuso policial, el alto precio de los combustibles, entre otros.

Exhibiciones

Varios influencers y artistas urbanos, como "Melymel" y "El Piro", hicieron acto de presencia por varios minutos en la Plaza de la Bandera.

Particularmente, El Piro dio varias vueltas a la plazoleta, antes de salir del lugar.

Cambios al Código Penal: diputados proponen separar hechos de interés público de la vida privada

Un grupo de diputados de distintas bancadas depositó una propuesta para modificar varios artículos del nuevo Código Penal, con un punto central: distinguir entre las imputaciones relacionadas con hechos de interés público o el desempeño de funcionarios, y aquellas vinculadas a la vida privada de una persona.

La iniciativa fue recibida el 7 de julio de 2026 en la Cámara de Diputados y modifica artículos de la Ley Orgánica núm. 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana. El proyecto trata cuatro temas: difusión de audios, imágenes o videos sin consentimiento; difamación; ultraje contra autoridad pública; y certificaciones médicas falsas.

La propuesta fue presentada por los diputados Amado Antonio Díaz Jiménez, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), vocero del bloque del partido oficialista ; Carlos de Pérez Juan, de la Fuerza del Pueblo (FP); Gustavo Antonio Sánchez García, vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD); y Eduviges María Bautista Gomera, del PRM.

También figuran como proponentes Braulio de Jesús Espinal Tavárez, de Dominicanos por el Cambio (DXC); Julio Emil Durán Rodríguez, del PRM; Rogelio Antonio Genao Lanza, del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC); Jorge Manuel Zorrilla González, del Partido Cívico Renovador (PCR); y Fiordaliza Estévez Castillo, del PRSC.

Uno de los puntos más relevantes está en la modificación propuesta al artículo 208, sobre difamación. El texto define la difamación como la alegación o imputación pública de un hecho preciso o concreto que afecte el honor, la consideración, el buen nombre, la imagen, la dignidad o la integridad familiar de una persona física o jurídica.

Sin embargo, el proyecto introduce una excepción: no se configuraría difamación cuando la imputación trate sobre hechos de interés público o sobre el desempeño de funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, siempre que no se demuestre dolo.

Sanciones propuestas

Con esa redacción, la propuesta diferencia las imputaciones sobre asuntos privados de aquellas referidas a temas de interés colectivo o a la actuación de funcionarios. En esos casos, el texto exige que se demuestre dolo para que pueda configurarse la difamación.

El proyecto también modifica el artículo 192, relativo a la difusión de audios, imágenes o videos sin consentimiento. La propuesta sanciona a quien publique o difunda contenidos de una persona captados en el ámbito privado, sin autorización, cuando afecten su intimidad, honor, buen nombre, imagen, dignidad o integridad familiar.

La pena base sería de seis meses a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.

La iniciativa establece penas mayores cuando se trate de imágenes, videos o audios falsos o alterados mediante montajes. En esos casos, si se afecta el honor, el buen nombre, la imagen o la reputación personal, la sanción sería de dos a cinco años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público.

La pena sería de cinco a diez años de prisión mayor cuando el contenido tenga carácter íntimo o sexual, comprometa gravemente la dignidad de la persona, sea usado con fines de chantaje, extorsión, venganza o descrédito público, o cuando la víctima sea menor de edad, adulto mayor, mujer embarazada o persona con discapacidad.

También se aplicaría esa agravante cuando la difusión sea realizada por una persona con autoridad o relación de poder respecto de la víctima. La tentativa tendría las mismas penas del hecho consumado.

Otro punto de la propuesta es la modificación del artículo 310, relativo al ultraje contra autoridad pública. El texto define el ultraje como una conducta realizada mediante amenaza, expresión gravemente injuriosa, acto material o cualquier otro comportamiento objetivamente ofensivo, dirigido de forma directa e inmediata contra una autoridad pública por motivo del ejercicio de sus funciones.

Para que se configure el delito, la conducta debe tener la finalidad de menoscabar gravemente la dignidad, autoridad o investidura del funcionario.

La pena base sería de quince días a un año de prisión menor y multa de dos a tres veces el salario que perciba el funcionario afectado al momento de la infracción.

Ultraje y libertad

Si la conducta se realiza mediante violencia física, intimidación grave o durante una actuación oficial con el propósito de impedir u obstaculizar el ejercicio legítimo de las funciones de la autoridad, la sanción sería de uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis veces el salario del funcionario.

El proyecto establece, además, que no constituirán ultraje la crítica, la denuncia, la protesta pacífica, la opinión, la sátira, el ejercicio de la libertad de prensa ni cualquier otra manifestación amparada por la libertad de expresión, siempre que no implique amenazas, violencia, coacción o expresiones gravemente injuriosas.

La iniciativa también modifica el artículo 354, sobre certificación falsa de estado de salud. Según el texto, el médico que expida un certificado falso sobre la existencia o inexistencia, presente o pasada, de una enfermedad o lesión, o sobre la causa de muerte de una persona, sería sancionado con uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios mínimos del sector público.

La misma sanción se aplicaría a la persona que haga uso fraudulento de ese certificado.

La pena sería de dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos cuando quien cometa el hecho sea un médico forense en ejercicio de sus funciones o preste servicios en el sector público.

También se aplicaría esa sanción si, como consecuencia de la expedición de un certificado médico falso, una persona resulta ingresada o dada de alta en un centro de salud, o si se le exime o atribuye alguna responsabilidad penal.

En sus considerandos, la propuesta señala que, tras la promulgación de la Ley 74-25, distintos sectores de la sociedad, operadores del sistema de justicia, gremios profesionales, organizaciones civiles y ciudadanos han expresado inquietudes sobre disposiciones del nuevo Código Penal.

El texto indica que la ley vigente contempla un período de vacatio legis de 12 meses antes de su entrada en aplicación, por lo que plantea que las modificaciones sean aprobadas antes del vencimiento de ese plazo.

Hombre mata a su pareja con un rifle en Haina y luego se entrega a la Policía

Una mujer murió la madrugada del miércoles tras recibir un disparo de arma de fuego presuntamente realizado por su pareja sentimental, en un hecho ocurrido en el municipio de Haina, provincia San Cristóbal, reportó en la noche la Policía Nacional.

La víctima fue identificada como Darinee Espinosa Asencio, quien falleció a consecuencia de una herida por perdigones de arma de fuego, de acuerdo con el diagnóstico del médico legista.

La Policía Nacional informó -en una nota de prensa- que el presunto autor del feminicidio es Royer Martínez de los Santos, de 25 años, quien fue arrestado horas después del hecho.

El imputado se entregó en San Cristóbal

Según la institución, tras una labor de búsqueda, el imputado se presentó de manera voluntaria en la sede policial de San Cristóbal, donde fue detenido por los agentes.

Como parte de las investigaciones, las autoridades ocuparon un rifle que habría sido utilizado para cometer el crimen, así como la camioneta en la que presuntamente se desplazó el acusado luego del hecho.

La Policía indicó que el detenido será puesto a disposición del Ministerio Público, mientras continúan las investigaciones para establecer las circunstancias en que ocurrió el feminicidio.

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Infografía
Royer Martínez de los Santos. (FUENTE EXTERNA)

Senado aprueba en primera lectura y con modificaciones el proyecto de ley de reforma policial

El Senado de la República aprobó casi a la medianoche de este miércoles con modificaciones y en primera lectura el Proyecto de Ley que modifica la Ley Orgánica núm. 590-16, sobre la Policía Nacional.

A las  11:43 de la noche y luego de más de cinco horas de lectura íntegra de sus 315 artículos, la pieza contó con la aprobación de 24 legisladores de 27 presentes.

Aunque la iniciativa no estaba prevista en el orden del día se incluyó luego de obtener la mayoría de votos  y un informe favorable por parte de la comisión asignada.

  • La aprobación surge en medio del pronunciamiento de diversos sectores que condenan el uso abusivo de la fuerza de parte de agentes policiales.

El informe fue leído por el senador por la provincia  Duarte, Franklin Romero, quien sostuvo que la propuesta de ley establece tres categorías en la Policía.

División por categoría

La división estaría enfocada en Directiva, Intermedia y Agente Patrullero.

Explicó que el proyecto incorpora nuevas adecuaciones en el patrullaje policial y fortalece la formación académica de los policías con especial énfasis en el respeto de los derechos fundamentales de lo ciudadanos sin descuidar la eficiencia y cumplimiento de la misión policial.

"Resulta necesario establecer desde un fundamento legal un nuevo modelo de servicio público de policía que reafirme su carácter esencial de responsabilidad exclusiva del Estado dominicano", dijo al leer el informe.

Además, la pieza indica que se dispondrá de nuevas instancias que ejecuten la coordinación con las demás instituciones para fortalecer su eficacia.

Sugiere nuevas modificaciones en los artículos: 21, 23, 33, 36, 89, 145, 147, 155, 157, 185, 220, 227, 230, 231, 234, 236, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 257, 258, 260, 261, 263, 264, 265, 266, 275, 276, 277, 278, 283, 285, 287, 291, 299, 308, 309, 315 de la Ley Orgánica.

Además propone la eliminación de los artículos números 146, 312, 313 y 314. Además, el numeral 18 del artículo 315.

La pieza establece que todo el personal de carrera policial debe garantizar durante la prestación del servicio público de policía un trato acorde con la naturaleza humana, sin distinción alguna, ejerciendo la autoridad con respeto, proporcionalidad y humanidad, aun en situaciones de tensión o conflicto.

Asimismo, actuar de manera inmediata, ágil y sin dilaciones cumpliendo estrictamente los términos previstos en la Constitución, las leyes y los reglamentos, a fin de proteger a la persona contra cualquier manifestación delictiva, contravencional comportamental.

Además, todo miembro de carrera policial tiene la imperiosa obligación de guardar absoluta confidencialidad, respecto a todas las informaciones que conozca.

Indica que el ingreso, la permanencia, la formación, la capacitación, los ascensos y los reconocimientos de los miembros de la Policía  se regirán por criterios objetivos de capacidad, preparación académica, trayectoria profesional, conducta ética y desempeño comprobado en el servicio, quedando excluido todo tipo de favoritismo, discrecionalidad o injerencia externa.

Sobre las modificaciones

Entre las modificaciones se encuentra la reforma del artículo 145, que establece la prohibición general de que miembros de la Policía Nacional sean destacados, asignados o presten servicios permanentes o regulares a personas privadas, empresas, corporaciones o fundaciones.

Asimismo, se elimina el artículo 146 y se reenumera la normativa posterior. El nuevo artículo 146 regula la prestación de servicios policiales en instituciones públicas, permitiendo que agentes sean asignados a labores de vigilancia, custodia, recepción o seguridad interna en ministerios, entidades autónomas, descentralizadas, empresas públicas y otras dependencias del Estado.

  • Estas asignaciones deberán ser solicitadas formalmente por la institución interesada al director general de la Policía Nacional, quien deberá mantener un registro actualizado para fines de auditoría y fiscalización.

La propuesta también incorpora como nuevo artículo el 147, sobre las sanciones por uso irregular de personal policial, estableciendo consecuencias disciplinarias y posibles investigaciones administrativas, civiles y penales para las autoridades que ordenen, permitan o mantengan agentes en funciones ajenas a la seguridad pública.

Otro de los cambios relevantes modifica el artículo 155 sobre técnicas de actividad policial. La reforma regula los registros personales y de vehículos, autorizándolos únicamente para prevenir riesgos a la convivencia y seguridad ciudadana, localizar armas, objetos robados o sustancias prohibidas, así como garantizar la seguridad en actividades públicas.

El nuevo esquema establece que los registros deben respetar la dignidad humana y los derechos fundamentales. Además, dispone el uso de herramientas tecnológicas como detectores de metales y unidades caninas, obliga a mantener encendidas las cámaras corporales durante los procedimientos y permite que los ciudadanos graben la actuación policial.

También prohíbe registros basados en prejuicios o perfiles relacionados con raza, origen étnico, apariencia o identidad de género, y limita cualquier uso de la fuerza a situaciones estrictamente necesarias y proporcionales.

La modificación incluye requisitos adicionales para los procedimientos nocturnos, que deberán ser reportados antes y después de su ejecución, y ordena a la Dirección de Talento Humano fortalecer la capacitación policial en derechos humanos, uso legítimo de la fuerza y atención al ciudadano.

En cuanto al porte de armas, la reforma del artículo 157 establece que las armas propiedad de la Policía Nacional solo podrán ser utilizadas por miembros de la institución, policías con derecho adquirido a pensión y representantes de los poderes del Estado y órganos extrapoderes, previa solicitud formal y autorización correspondiente.

También se modifica el artículo 227 para ampliar y precisar las faltas disciplinarias muy graves. Entre estas se incluyen el uso excesivo de la fuerza, la utilización de armas no asignadas, facilitar fugas de detenidos, realizar actividades ajenas a la función policial durante el servicio, cometer actos partidistas, intervenir irregularmente en procesos de ingreso o ascenso dentro de la institución y participar en actividades vinculadas con contrataciones estatales incompatibles con la función policial.

Finalmente, la reforma al artículo 231 redefine las sanciones disciplinarias. Las faltas muy graves de primer grado serán castigadas con destitución; las de segundo grado podrán generar suspensiones sin disfrute de sueldo de 61 a 120 días; las faltas graves contemplarán descuentos salariales de 15 a 60 días; y las leves, descuentos de 5 a 15 días de salario básico diario.

Desvinculación y suspensión

La reforma policial en el artículo siete establece una nueva causal de desvinculación para los agentes que sean sancionados disciplinariamente tres o más veces por faltas muy graves en un período de cinco años.

La medida implica la salida definitiva de la institución y la imposibilidad de volver a pertenecer a la Policía Nacional.

La disposición mantiene el retiro forzoso para quienes cumplan los requisitos de pensión, mientras que aquellos que no los reúnan recibirán los derechos prestacionales correspondientes.

  • El cambio introduce un criterio más específico de reincidencia frente al régimen vigente, al fijar un número determinado de sanciones y un período de tiempo para aplicar la desvinculación.

Además, modifica el régimen de desvinculación al establecer una figura distinta al retiro contemplado en la Ley 590-16.

Mientras la legislación vigente regula principalmente la situación de retiro como el cese del servicio activo mediante decisión del Poder Ejecutivo, incluyendo modalidades como retiro voluntario, forzoso, por antigüedad y discapacidad, la propuesta amplía el concepto de desvinculación y define los procedimientos según el nivel jerárquico del agente.

El nuevo proyecto dispone que los oficiales serán desvinculados mediante decreto del Poder Ejecutivo, mientras que los mandos intermedios y agentes patrulleros podrán ser separados mediante resolución del director general de la Policía Nacional, previa recomendación de la junta correspondiente. Además, incorpora la desvinculación por interés personal, permitiendo que cualquier miembro de la carrera policial solicite su salida del servicio activo en cualquier momento.

Uso de la fuerza

El capítulo III en su artículo 149 sobre uso de la fuerza detalla que el uso de la fuerza por parte de los miembros de la Policía Nacional será justificado y legítimo únicamente cuando se realice en cumplimiento del deber constitucional y legal, ante situaciones como la prevención de delitos, el cumplimiento de órdenes judiciales, la protección de la vida e integridad propia o de terceros, la captura en flagrancia y la intervención en manifestaciones públicas no pacíficas.

En contraste con la normativa vigente, la reforma mantiene el principio de que la fuerza debe aplicarse de manera proporcional, utilizando solo los medios autorizados por la ley y escogiendo aquellos que causen el menor daño posible a las personas y sus bienes.

La pieza reafirma la obligación policial de brindar asistencia cuando exista una amenaza contra la vida, la libertad o la propiedad, y establece mayores exigencias de reporte.

La pieza regula además el uso de armas letales, conducencia para procedimiento policial, equipamiento para el uso de la fuerza, ascensos póstumos, sistema de denuncias, entre otros.

AFP Policial

Otro aspecto relevante es que la pieza crea en el artículo 204 el Plan Exclusivo de Pensiones de la Policía Nacional (AFP-PEPPN),que deberá iniciar su funcionamiento en un plazo no mayor de seis meses luego de promulgación de la ley.

Se recuerda que el pasado viernes en la tarde falleció el joven Darlin Enmanuel Mercado tras un agente de la Policía dispararle a "quema ropa" en un hecho registrado en en el sector La Cañada de Guajimía, en Herrera, Santo Domingo Oeste.

  • Por el hecho familiares de la víctima y el sector realizaron manifestaciones y quema de neumáticos en demanda de justicia contra el cabo José Francisco Moreta, a quien le fueron impuestos 12 meses de prisión preventiva.

Tras ese caso y otros en que la PN hace uso inadecuado de la fuerza distintos sectores indicaron descontento y el propio presidente Luis Abinader condenó el suceso y calificó al imputado como "un animal".

Además la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, dijo que la ejecución de Darlin fue "un abuso inaceptable".

En tanto que la Cámara alta dedicó un minuto de silencio por la muerte de Darlin.

COE coloca tres provincias en alerta amarilla y mantiene 12 en verde por vaguada y onda tropical

De acuerdo con el informe del Instituto Dominicano de Meteorología (INDOMET), ambos fenómenos favorecerán el desarrollo de concentraciones nubosas capaces de generar aguaceros de moderados a fuertes, tormentas eléctricas, ráfagas de viento y posibles granizadas.

Asimismo, el organismo mantiene en alerta verde a San Pedro de Macorís, San Cristóbal, Hato Mayor, Monte Plata, Santo Domingo, el Distrito Nacional, San José de Ocoa, Duarte, Espaillat, Puerto Plata, Santiago y Hermanas Mirabal.

COE emite recomendaciones

Ante las condiciones meteorológicas, el COE exhortó a la población a no cruzar ríos, arroyos y cañadas con alto volumen de agua, así como a evitar el uso de balnearios ubicados en las provincias bajo alerta.

En cuanto a las condiciones marítimas, el organismo indicó que las embarcaciones frágiles, pequeñas y medianas deben permanecer en puerto en la costa caribeña, desde Cabo Rojo, en Pedernales, hasta la bahía de Neiba, en Barahona, debido al oleaje peligroso. Para el resto de la costa caribeña recomendó navegar con precaución.

Asimismo, el COE informó que las embarcaciones frágiles, pequeñas y medianas también deben permanecer en puerto en la costa Atlántica mientras persistan las condiciones adversas.