San Juan: P.N apresa tres hombres que golpearon a sus parejas

POLICIA NACIONAL SAN JUAN DESPIERTAELSUR
San Juan de la Maguana.- 
La regional Oeste de la Policía Naciona, informó este pasado jueves que al menos tes hombres fueron apresados por agresión física a su pareja sentimental o su ex pareja.

Según la nota de prensa enviada a Despierta El Sur, el jueves fue apresado el señor José Mercedes Ogando Gomez de 40 años de edad, por este tener una orden de arresto, por supuestamente haber agredido a su pareja, la señora Natali Galva en el sector de Villa Liberación.

Así mismo, la entidad del orden público dijo, que ese mismo día fue puesto bajo arresto el nombrado Alejandro Féliz Roman (a) Caco tambien por ejercer violencia física sobre su pareja identifiada como Katiuska de los Santos Alcántara de 42 años de edad quienes reiden en la avenida Anacaona.

Mientras que el joven Roberto Alexander R. de 24 años de edad tenía una orden de arresto en su contra por supuestamente haber agredido a su ex pareja el pasado 10 de del mes en curso.

Qué establece la Ley?

Según  el código penal Dominicano, en su articulo 309-2 establece que Constituye violencia doméstica o intrafamiliar todo patrón de conducta mediante el empleo de fuerza física, o violencia sicológica, verbal, intimidación o persecución, contra uno o varios miembros de la familia o contra cualquier persona que mantenga una relación de convivencia, contra el cónyuge, ex-cónyuge, conviviente o ex-conviviente o pareja consensual, o contra la persona con quien haya procreado un hijo o una hija para causarle daño físico o sicológico a su persona o daño a sus bienes, realizado por el padre, la madre, el tutor, guardián, cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual o persona bajo cuya autoridad, protección o cuidado se encuentra la familia.

Dice que los culpables de los delitos previstos en los dos artículos que preceden serán castigados con la pena de un año de prisión, por lo menos, y cinco a lo más, y multa de quinientos a cinco mil pesos y la restitución de los bienes destruidos, dañados y ocultados, si fuere el caso.

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