(VIDEOS) Colegio de Abogados pide destitución presidente SCJ por “interferir en administración justicia”

SANTO DOMINGO. – El Colegio de Abogados anunció este martes el sometimiento disciplinario ante el Consejo Nacional de la Magistratura al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, al tiempo que informó que pedirán la destitución del funcionario, por, a juicio de los juristas, interferir en la administración de justicia.

El presidente del gremio, Miguel Surum Hernández, indicó durante una manifestación en las inmediaciones de la Suprema Corte de Justicia, que solicitarán la destitución de Molina por “parálisis judicial, usurpación de funciones en el Congreso Nacional, abuso de poder, violación de la tutela judicial”, en violación de leyes y códigos.

Recordó que el artículo 179.4 de la constitución consagra que unas de las funciones del Consejo Nacional de la Magistratura es la de evaluar el desempeño de los jueces, luego de lo cual puede recomendar al congreso Nacional la destitución de conformidad con el artículo 83.1 de la Constitución.

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Poder Judicial se enfrenta al reto de abrir o no labores presenciales el 29 de este mes

“Los tribunales están cerrados de manera forzosa desde hace cinco meses, a pesar de que están abiertos restaurantes, supermercados, bancos, plazas comerciales, hoteles y otras entidades; provocando graves daños a la economía de los abogados y de la sociedad en general”, expresó el gremialista.

Surún Hernández reiteró el llamado al Consejo Nacional de la Magistratura de reabrir cuanto antes de las audiencias físicas o presenciales y anunció la continuación de las jornadas de protestas, las cuales incluirán un gran plebiscito para que todos los abogados del país manifiesten su apoyo a la lucha por la apertura de la justicia y en contra los juicios virtuales.

El gremialista explicó que la Resolución del Consejo del Poder Judicial que dispone el cierre de los tribunales y la aplicación de los juicios virtuales viola la Carta Magna, los Códigos Procesal Penal, de Procedimiento Civil, de Trabajo, de Comercio.

“Las Leyes 108-05 y 821 de Organización Judicial que de manera clara y precisa consagran y confirman que los juicios son públicos, orales, contradictorios, caracterizados por la intermediación, derecho que es vulnerado con los juicios virtuales que implica que mediante una video conferencia un ciudadano es juzgado, podrá perder sus bienes y ser condenado en la total clandestinidad, pues los juicios virtuales solo los ve el que tiene el link, no son públicos, ni seguros”, precisó Surún.

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