Con su sentencia, TC desmonta 70 años de discriminación en las FF. AA. y la PN

Anunciate o Conviértete en nuestro colaborador, escríbenos a WhatsApp 809-863-5791.

ÚLTIMAS NOTICIAS

- Advertisement -

Por Raúl Germán Bautista.- N Investiga, de Nuria Piera, muestra en este reportaje, cómo durante más de siete décadas, en la República Dominicana, pertenecer a la Policía Nacional o a las Fuerzas Armadas y tener una orientación sexual diversa ha sido motivo de arresto, sanción disciplinaria o expulsión.

El trabajo de investigación documenta cómo a finales de noviembre, esta práctica llegó a su fin por decisión del Tribunal Constitucional, que emitió una sentencia histórica. Sin embargo, lejos de promover un debate profundo sobre derechos fundamentales, la reacción del país se ha visto dominada por desinformación, prejuicios y hasta burlas, reduciendo el alcance de la resolución a memes y titulares distorsionados.

- Advertisement -
Imagen

Por eso, este reportaje analiza el origen de la sentencia, su contenido real y las implicaciones que tendrá para los cuerpos castrenses.

En 2021, tres jóvenes abogados, Anderson Dirocie, Patricia Santana Nina e Ivanna Molina, identificaron la vigencia de normas que penalizaban la orientación sexual en instituciones militares, a propósito del caso de una militar lesbiana privada de libertad únicamente por revelar su orientación sexual a una compañera. Ante esta situación, el 28 de junio de 2024 presentaron una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

El abogado Anderson Dirocie, de 29 años, egresado de la PUCMM y con maestrías en Derecho Internacional Público (Universidad de Leiden) y Derecho (Harvard), además de cursar un doctorado en Ginebra, explica cómo concluyó aquel caso: “Ella fue encarcelada durante tres meses. No la sorprendieron en ningún acto; simplemente se supo que era lesbiana. Cuando buscamos representarla, decidió no continuar, porque eso implicaría documentar oficialmente su orientación sexual, que hasta esta sentencia seguía considerándose un tipo penal en República Dominicana”.

En ese sentido, el Tribunal Constitucional, mediante una decisión dada a conocer el 18 de noviembre, anuló dos artículos históricos que penalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo desde 1953 y 1966, respectivamente. Se trataba de normas heredadas de épocas autoritarias.

Los artículos derogados fueron: el 210 de la Ley 285, Código de Justicia de la Policía Nacional: definía la “sodomía” como el concúbito entre personas del mismo sexo y establecía penas de seis meses a dos años para oficiales, y de dos a seis meses para alistados.

El aartículo 260 de la Ley 3483, Código de Justicia de las Fuerzas Armadas: imponía penas de seis meses a un año para oficiales y de dos a seis meses para alistados, incluso castigando la tentativa como hecho consumado.

El Tribunal concluyó que estos preceptos violaban derechos fundamentales como la igualdad, la dignidad humana, la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo.

DESINFORMACIÓN Y PREJUICIOS: EL ORIGEN DEL ESCÁNDALO

La sentencia desató una ola de reacciones, muchas de ellas basadas en ideas erróneas. Dirocie identifica dos causas principales: Prejuicios arraigados sobre la población LGBTI+, reforzados por representaciones estereotipadas.

“Algunos medios difundieron que el Tribunal autorizaba relaciones sexuales durante el servicio, lo cual es falso. Incluso titularon que se había aprobado el matrimonio homosexual en las Fuerzas Armadas. Nada de eso aparece en la sentencia”, aclara el jurista.

Los códigos militares no especificaban si la prohibición de la llamada “sodomía” se aplicaba dentro o fuera del servicio. Para Dirocie, esta amplitud constituye en sí misma un problema: “Mientras otras faltas están vinculadas al ejercicio de las funciones, esta disposición era extremadamente amplia. La discusión sería distinta si se limitara solo al ámbito laboral, pero ni siquiera contemplaba esa distinción”.

La decisión provocó fuertes críticas de organizaciones religiosas. El Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE) afirmó que permitir “una depravación como esta” sentaba “un precedente inequívoco”.

La Iglesia Católica fue más lejos aún. En un manifiesto leído durante la jornada “Un paso por mi familia”, se advirtió, sin fundamento, que la sentencia impediría que personas no homosexuales ingresaran a los cuerpos armados y que los ascensos podrían vincularse a favores sexuales.

En el ámbito político, la diputada del PRM y pastora Lidia Pérez emitió declaraciones abiertamente despectivas: “Hoy más que nunca necesitamos hombres de verdad, no mariquitas”, dijo.

Yildalina Tatem Brache, de Diversidad Dominicana, respondió: “Habría que ver qué entiende ella por ‘hombres de verdad’, probablemente una masculinidad asociada a la violencia”.

¿ACATARÁN LAS INSTITUCIONES? LAS RESPUESTAS AMBIGUAS DE LA POLICÍA Y LAS FUERZAS ARMADAS

El ministro de Defensa, Carlos Antonio Fernández Onofre, y el director de la Policía Nacional, Ramón Antonio Guzmán Peralta, indicaron que respetan la decisión del Tribunal, pero subrayaron que sus instituciones poseen reglamentos internos propios.

Para Dirocie, esta postura es preocupante: “Es contradictorio afirmar que respetan la independencia del Tribunal, pero advertir que seguirán aplicando sus normas previas. Eso erosiona el Estado de derecho. La Constitución es nuestro contrato social; ninguna institución puede colocarse por encima de ella”.

EL PRECEDENTE QUE PUEDE CAMBIAR VIDAS: EL CASO DE CESARÍN VÁSQUEZ

En 2019, el sargento del Ejército Cesarín Vásquez Casanova fue grabado manteniendo relaciones sexuales con un hombre, fuera de servicio, y el video se difundió en redes sociales. Fue expulsado. Su abogado, John Garrido, relata las graves consecuencias: “Su esposa lo echó de la casa. Sus hijas fueron sacadas de la escuela por bullying. Quedó emocionalmente devastado y consiguió trabajo apenas un año atrás”.
La búsqueda de justicia ha sido lenta: el Tribunal Superior Administrativo rechazó su caso en 2020; la Suprema Corte, en 2022; y un recurso de revisión constitucional presentado en 2024 aún no ha llegado al Tribunal Constitucional.

Sin embargo, con esta nueva sentencia, su suerte podría cambiar: “Este fallo puede beneficiarlo. Estamos reactivando el proceso para que el Estado repare el daño que le causó”, expresó Garrido.

Una encuesta reciente muestra que la mayoría de los consultados rechaza penalizar a personas homosexuales. No obstante, la opinión cambia cuando se trata de policías y militares, evidencia de prejuicios profundamente arraigados en la sociedad dominicana.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un antes y un después en la historia de los derechos humanos en República Dominicana. No obstante, la reacción pública ha estado muy por debajo del momento histórico. Entre prejuicios, discursos moralistas y una institucionalidad reacia a modernizarse, queda claro que la igualdad jurídica no basta para garantizar la igualdad real.

El Tribunal ya habló. Ahora corresponde a las instituciones del Estado alinearse con la Constitución. Porque, en última instancia, esto no se trata de “mariquitas en uniforme”, como algunos reducen, sino de algo más básico y universal: que ningún dominicano, sea heterosexual u homosexual, vuelva a ser perseguido, encarcelado o expulsado de su trabajo por su orientación sexual o por su vida privada.

[wpdiscuz_comments]

Relacionados

Noticias de San Juan